lunes, 1 de diciembre de 2008

Radio Ribarroja. 1-X-1999. Los derechos del anciano

Amigo oyente:
La Unión Democrática de Jubilados y Pensionistas, nuestros abuelos están celebrando su semana, tal como nos han ido informando en esta emisora, donde tienen siempre un micrófono abierto y donde se les escucha.
Hoy el minuto va para vosotros y permitidme que lo dedique a una persona que fue muy especial para mí y gracias a la cual cuando hablo del anciano se enciende en mí una llamita de ternura entrañable, se ilumina un rostro familiar y después de tres años de ausencia una lagrima de pensa y un sueño en este mundo imposible, poder verlo. Si, me refiero a mi abuelo Leonardo, quien año por los finales de los setenta fue fundador de la UDP en mi pueblo natal, L’Alcudia. A ti, que nunca te separas de nosotros te lo dedico.
Tomando como fuente inspiradora la Declaración Universal de los Derechos Humanos, bien podemos considerar los siguientes derechos del anciano, entre otros, claro:
1. Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca del anciano y de los derechos iguales e inalienables de todos ellos.
2. El anciano es un ser libre e igual en dignidad y derechos a los otros miembros de la sociedad.
3. El anciano tien derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
4. El anciano no puede ser sometido a las torturas ni a penas o tratos crueles, como son el ser privado de sus seres queridos, despreciado o maltratado.
5. El anciano tiene derecho a ser escuchado por quienes les rodean y por todas las instituciones públicas, sociales, religiosas, económicas,...
6. El anciano tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia, siempre que las condiciones de salud se lo permitan.
7. El anciano tiene derecho a poseer bienes y nadie puede privarle de aquellas propiedades que con mucho esfuerzo consiguió.
8. El anciano tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y a manifestarla públicamente a los demás, sus hijos, nietos, familiares y amigos.
9. El anciano tiene derecho a que se respeten sus opiniones.
10. El anciano tiene derecho a practicar y observar su religión y ser respetado de palabra y obra en ello.
11. El anciano tiene derecho a fundar y formar parte de asociaciones que defiendan sus derechos y le ayuden a obtener una mejor calidad de vida, también tiene derecho a reunirse en locales y allí donde juzgue conveniente.
12. El anciano tiene derecho a participar en el gobierno de su país, pues la edad no significa muchas veces una perdida de sabiduría, reflexión y juicio.
13. El anciano tiene derecho a ser escuchado por estas instituciones y ser valorado.
14. El anciano tiene derecho al descanso, al disfrute de su tiempo.------------------------------
15. El anciano tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud, el bienestar, la alimentación, el vestido, la vivivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Tiene a sí mismo derecho a los seguros de enfermedad, viudez y vejez.
16. El anciano tiene derecho a seguir instruyéndose en aquello que durante su vida no pudo aprender.
17. El anciano tiene derecho a formar parte libremente en la vida cultural de su pueblo, gozar de las artes y beneficiarse del progeso científico.El anciano tiene derecho a ser reconocido y apreciado por la sociedad como una persona que ha contribuido al mejor bienestar de su pueblo, con esfuerzo, sacrificio y privaciones, a ser venerado como un miembro de lasociedad que ha atesorado a lo largo de los años la prudencia y la reflexión, a ser apreciado con aquello que los romanos llamaban La pietas, la piedad para con los padres.

No hay comentarios: